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querrynet@querry.es 13 de noviembre de 2023 0 Comments

Novedades sobre el nuevo reglamento de facturación

El pasado 6 de Noviembre de 2023 la AEAT celebró un seminario con empresas desarrolladoras de software para informar (entre otras cuestiones) de las novedades y estado actual del nuevo reglamento de facturación para los SIF (Sistemas Informáticos de Facturación).

Destacamos la siguiente información aportada en el citado seminario:

Estado actual: Fechas.

“Todas las empresas deben estar adaptadas al nuevo reglamento de facturación a partir del 1/7/2025”

El primer paso necesario es la publicación del “Reglamento que establece los requisitos que deben aportar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales y la estandarización de formatos de los registros de facturación” (mediante  Real Decreto). El reglamento se encuentra redactado a falta únicamente de que haya gobierno para publicarse por lo que entrará en vigor en las próximas semanas.

Después se deberá publicar la Orden Ministerial que detalle las especificaciones técnicas y funcionales del reglamento.  Esta Orden está actualmente en fase de borrador y pendiente de ser remitida a información pública.

Los plazos que va a establecer el reglamento son los siguientes:

  • Los fabricantes de software deben vender productos adaptados al reglamento 9 meses después de la publicación de la Orden Ministerial.
  • El portal para poder recibir las facturas VERI*FACTU estará en funcionamiento 9 meses después de la publicación de la Orden Ministerial.
  • A partir del 1/7/2025 todas las empresas y profesionales estarán obligadas a facturar utilizando software adaptado al Nuevo Reglamento de Facturación.

Otra información técnica

En el citado encuentro se aportó otra información técnica, entre otra se explicó que el nuevo reglamento incluye nuevos tipos de registro de forma que los cinco tipos de envío son: “alta, alta sustitutiva, anulación inicial sin registro anterior, anulación inicial, anulación sustitutiva”.